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Esta solución se centra en la supervisión de los espacios internos de una instalación (oficinas, zonas comunes, pasillos, almacenes o áreas de atención). Utiliza habitualmente dispositivos tipo domo, diseñados para integrarse de forma discreta en techos y paredes. Su objetivo es la prevención de pérdidas (hurtos internos o externos), el control de accesos a zonas restringidas, la seguridad de los empleados y la obtención de pruebas nítidas en caso de incidentes, en entornos con condiciones lumínicas estables o controladas.
Marco legal
La instalación de cámaras en interiores está supeditada al principio de proporcionalidad y al cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD 3/2018 (artículo 89). Es obligatorio colocar los carteles informativos de zona videovigilada en los accesos y disponer de la cláusula informativa detallada. Está absolutamente prohibida la instalación de cámaras en espacios protegidos para la intimidad, como vestuarios, aseos, zonas de descanso de los trabajadores o comedores.
02
Cámaras en exterior
Detalle operativo
Diseñadas para resistir las inclemencias climatológicas (certificación IP66/IP67) y actos vandálicos (IK10). Suelen emplear formatos tipo bullet o domos motorizados PTZ para cubrir perímetros, fachadas, aparcamientos y accesos vehiculares. Cuentan con visión nocturna avanzada (infrarrojos de largo alcance o sensores de ultra-baja luminosidad) para garantizar capturas nítidas en oscuridad profunda y actúan como un potente elemento disuasorio perimetral antes de que se produzca la intrusión.
Marco legal
El Reglamento de Seguridad Privada y la normativa de protección de datos restringen la captación de imágenes en el exterior. Las cámaras instaladas en espacios privados no pueden captar la vía pública colindante, salvo en la franja mínima e imprescindible estrictamente necesaria para vigilar accesos o fachadas (art. 22.2 de la LOPDGDD). Además, si las imágenes se gestionan de forma activa con fines de seguridad perimetral, la instalación debe estar conectada a una Central Receptora de Alarmas (CRA) autorizada y mantenida por una empresa de seguridad homologada e inscrita en el registro del Ministerio del Interior.
03
Analítica de vídeo perimetral
Detalle operativo
Representa el nivel más avanzado de seguridad proactiva e inteligente. Mediante software especializado e inteligencia artificial (en grabadores avanzados o en la propia cámara), el sistema no solo graba, sino que interpreta lo que ocurre en tiempo real: cruce de líneas virtuales, detección de merodeo, reconocimiento de matrículas (LPR) o clasificación de objetivos (humanos, vehículos y animales). Integrada con cámaras térmicas, optimiza la vigilancia a kilómetros de distancia pese a la niebla, la lluvia o la falta total de luz, enviando alertas automáticas e instantáneas al centro de control ante cualquier anomalía.
Marco legal
La analítica de vídeo orientada a seguridad perimetral debe cumplir la normativa sobre tratamiento automatizado de datos. Al operar en tiempo real con alta sensibilidad, la Ley 5/2014 de Seguridad Privada exige que cualquier verificación de alarma que requiera intervención policial sea gestionada por personal cualificado (vigilantes de seguridad en un centro de control o la propia CRA). Así se cumple el protocolo de verificación secuencial o por vídeo exigido por la Orden INT/316/2011, evitando el envío de falsas alarmas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que es objeto de sanción administrativa.