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Clasificación técnica de los sistemas de alarma según el nivel de riesgo del entorno. El Grado 2 se destina a hogares y pequeños comercios; el Grado 3 a establecimientos obligados por ley (joyerías, administraciones de lotería, entidades bancarias o almacenes de armas); y el Grado 4 se reserva para infraestructuras críticas, instalaciones militares o polvorines con riesgo de sabotaje terrorista. A mayor grado se exigen vías de comunicación blindadas, anti-enmascaramiento en los sensores y mayor resistencia al sabotaje físico.
Marco legal
Regulado por la Orden INT/316/2011, que transpone las normas europeas UNE-EN 50131. La ley prohíbe conectar a Centrales Receptoras de Alarmas cualquier sistema sin el certificado de grado correspondiente, emitido por un organismo de control acreditado. Los sistemas de Grado 3 y 4 requieren además un contrato de mantenimiento presencial anual y la elaboración previa de un proyecto técnico de ingeniería de seguridad.
02
Detección volumétrica
Detalle operativo
Soluciones para proteger el interior de los inmuebles detectando el movimiento, la masa o el calor de un intruso en un espacio tridimensional. Combina infrarrojos pasivos (PIR) que captan variaciones de temperatura, microondas (MW) que analizan el rebote de frecuencias, o sensores de doble tecnología que exigen la activación simultánea de ambos canales para generar un salto de alarma, reduciendo drásticamente las falsas alarmas.
Marco legal
Para que la activación de un detector volumétrico sea una "alarma confirmada" y faculte a la CRA a solicitar intervención policial, debe cumplirse el criterio de verificación secuencial. Según la Orden INT/316/2011, se requiere la activación sucesiva de al menos tres detectores volumétricos distintos en un tiempo determinado (normalmente 30 minutos), salvo que el sistema cuente con verificación por vídeo o audio complementaria.
03
Detección perimetral
Detalle operativo
Diseñada para interceptar al intruso en los límites exteriores de la propiedad (vallas, muros o terrenos abiertos) antes de que acceda a la edificación principal. Utiliza barreras de infrarrojos activos, sensores de fibra óptica para vallados (que detectan vibraciones o cortes), barreras de microondas o cables sensores enterrados. Es una solución de alerta temprana crítica para grandes recintos industriales y residenciales.
Marco legal
La instalación de sistemas perimetrales activos, sobre todo los que emplean haces de luz o frecuencias, debe respetar los límites físicos de la propiedad privada según el Código Civil y la legislación de protección de datos: no pueden invadir parcelas colindantes ni la vía pública. Dada su exposición a la fauna y al clima, su software debe calibrarse e integrarse con videoverificación para cumplir los estándares de comunicación policial exigidos por el Ministerio del Interior.
04
Contactos y roturas
Detalle operativo
Protección mecánica y electrónica de la "primera línea de defensa" o cerramientos del inmueble: contactos magnéticos en marcos de puertas y ventanas para detectar aperturas no autorizadas, sensores sísmicos para ataques destructivos en muros o cajas fuertes, y detectores de rotura de cristal que analizan la frecuencia acústica exacta y la onda de presión del vidrio al quebrarse.
Marco legal
Son elementos fundamentales para la protección de locales comerciales y bancarios obligados a disponer de medidas físicas. El Reglamento de Seguridad Privada exige que los sensores de rotura y sísmicos en establecimientos obligados (joyerías o entidades de crédito) estén homologados bajo normativa de Grado 3, dispongan de sistemas anti-sabotaje permanentes (tamper de apertura y arrancamiento) y estén cableados directamente a la central, evitando enlaces vía radio susceptibles de inhibición.
05
Control de accesos
Detalle operativo
Gestión automatizada del tránsito de personas o vehículos hacia zonas restringidas o al interior de un edificio. El sistema valida la identidad mediante tarjetas de proximidad (RFID/Mifare), lectores biométricos (huella, reconocimiento facial o de iris) o credenciales móviles (NFC/Bluetooth). Permite establecer permisos personalizados por horarios, perfiles de empleado, contratas y visitas.
Marco legal
El tratamiento de datos biométricos está fuertemente regulado por el RGPD y los criterios de la AEPD. Al ser datos de categoría especial, las empresas deben realizar una Evaluación de Impacto (EIPD) y fundamentar el tratamiento en una base jurídica válida, garantizando alternativas no biométricas para los trabajadores y asegurando que los patrones se almacenen cifrados (preferiblemente en la propia tarjeta del usuario, no en una base de datos centralizada).
06
Tornos y pasillos
Detalle operativo
Barreras físicas y electromecánicas que canalizan el flujo de personas y materializan las órdenes del control de accesos: pasillos motorizados con portillos de cristal, tornos trípode y portillos batientes de alta velocidad. Impiden técnicas de intrusión como el tailgating o piggybacking (pasar pegado tras una persona autorizada sin validar la credencial) en recepciones corporativas e instalaciones de alta seguridad.
Marco legal
La instalación de tornos y pasillos debe coordinarse con la normativa de seguridad laboral y edificación, en particular el Código Técnico de la Edificación (CTE — DB-SI). Deben integrarse con la central de incendios del edificio para que, ante una señal de evacuación o corte eléctrico, los mecanismos se desbloqueen automáticamente en el sentido de la salida (fail-safe), garantizando una vía de escape rápida y libre de obstáculos.
07
Control de temperatura
Detalle operativo
Sistemas de monitorización térmica con sensores ópticos y térmicos de alta precisión para medir de forma automatizada y sin contacto la temperatura corporal en los puntos de acceso. Permiten la detección en tiempo real de anomalías térmicas (estados febriles) en entornos industriales, sanitarios o de alta concurrencia, emitiendo alertas discretas a los operadores de seguridad.
Marco legal
La recogida de datos de temperatura corporal entra en el ámbito de los datos de salud (categoría especial, art. 9 del RGPD). Según la AEPD, solo pueden emplearse con fines preventivos de salud laboral bajo la legitimación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, con análisis previo del servicio médico. El sistema no debe registrar ni asociar de forma permanente la temperatura exacta con la identidad del empleado: su función debe limitarse a una verificación momentánea de "apto/no apto" para el acceso.
08
Vigilancia e inspección con drones
Detalle operativo
Uso de drones (RPAS) equipados con cámaras de alta resolución y sensores térmicos para la vigilancia aérea de grandes perímetros, polígonos, plantas industriales, fincas o eventos. Permiten cubrir con rapidez extensiones difíciles de patrullar a pie, realizar inspecciones termográficas, localizar intrusos en zonas amplias o de difícil acceso y aportar al centro de control una visión aérea en tiempo real, complementando la detección perimetral y la videovigilancia.
Marco legal
El uso de aeronaves no tripuladas se rige por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 y el Reglamento Delegado (UE) 2019/945, supervisados en España por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Exige el registro del operador, pilotos con la formación y certificación correspondientes a la categoría de operación (Abierta/Específica), y respetar la altura máxima (120 m), las zonas geográficas restringidas y la prohibición de sobrevolar aglomeraciones de personas sin autorización. Cuando el dron capta imágenes con fines de seguridad, el tratamiento debe cumplir el RGPD y la LOPDGDD, limitándose al perímetro de la instalación protegida, y la actividad debe desarrollarse conforme a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.